El Supremo avala tributar por el IRPF aunque no se haya aceptado o rechazado una herencia
Solo lo publica El Mundo: sin contraste todavía
Ningún otro medio de los que seguimos ha contado esta noticia, así que no hay versiones que comparar. Si otros la publican o aparecen datos que la contrasten, pasará a la comparativa.
El Supremo establece como criterio jurisprudencial que las rentas generadas en una herencia yacente deben imputarse en el IRPF a quienes hayan sido instituidos herederos aunque todavía no haya vencido el plazo ni se hayan adquirido los bienes Leer
Datos citados
«Durante 2014, la gestión y venta de activos de la herencia generó una ganancia patrimonial de 1,4 millones, con lo que a cada uno de ellos le correspondieron algo más de 700.000 euros.»
«Hacienda no sólo rechazó su petición sino que le impuso una multa de 23.400 euros.»
Ficha de captura
- Fuente
- https://www.elmundo.es/economia/ahorro-y-consumo/2026/10/22/6ad9be60fc6c83866a8b45b3.html
- Publicado
- 22/10/2026 07:42 UTC
- Capturada
- 22/10/2026 07:55 UTC
- Huella del texto
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- Copia de archivo
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