La Seguridad Social lo confirma: los mayores de 45 años que cuidaron de sus padres pueden cobrar una pensión
Solo lo publica La Razón: sin contraste todavía
Ningún otro medio de los que seguimos ha contado esta noticia, así que no hay versiones que comparar. Si otros la publican o aparecen datos que la contrasten, pasará a la comparativa.
Esta prestación está contemplada en el artículo 226 de la Ley General de la Seguridad Social
Ficha de captura
- Fuente
- https://www.larazon.es/economia/seguridad-social-confirma-mayores-45-anos-que-cuidaron-sus-padres-pueden-cobrar-pension_202610206ad7a33f0f5414177237142e.html
- Publicado
- 20/10/2026 17:22 UTC
- Capturada
- 20/10/2026 17:23 UTC
- Huella del texto
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- Copia de archivo
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